La importancia de la protección radiológica

La protección radiológica es la disciplina que estudia los efectos de las dosis producidas por las radiaciones ionizantes y los procedimientos para proteger a los seres vivos de sus efectos nocivos, siendo su objetivo principal los seres humanos.

Premisas.

Sus premisas principales para considerar todas sus recomendaciones, ya sea recomendando o deslegitimando aplicaciones de radiaciones, recomendando límites de dosis, redactando planes de emergencia, planificando actuaciones en caso de emergencia (contramedidas), o cualquier otra, son las siguientes:

  • Justificación: Toda acción recomendada por la protección radiológica siempre estará debidamente justificada, siendo la mejor de las opciones existentes, tanto para el individuo como para la sociedad en su conjunto.
  • Optimización: Todas las acciones deberán estar realizadas de forma tal que estén hechas en el mejor modo posible según la tecnología existente en el momento y el grado de conocimiento humano que se posea.
  • Limitación de dosis: Principio reflejado en las siglas ALARA (As Low As Reasonably Achievable en inglés o tan bajo como sea razonablemente posible en español). Aunque una recomendación esté justificada porque el beneficio reportado es mayor que las desventajas, y optimizada según la tecnología, se intentará por todos los medios posibles que la dosis recibida por cualquier individuo o por un colectivo cualquiera, sea lo más baja posible, siempre que las medidas de protección y minimización de dosis no supongan un daño mayor para el individuo o la sociedad. Por ejemplo, es imposible alcanzar un nivel de dosis cero cerca de un aparato de rayos X, el precio de un blindaje que aislara completamente las radiaciones sería infinito. Por eso se dice razonablemente posible.

Las reglas de la protección radiológica.

Las tres reglas fundamentales de protección contra toda fuente de radiación son:

  • Distancia: Alejarse de la fuente de radiación, puesto que su intensidad disminuye con el cuadrado de la distancia;
  • Blindaje: Poner pantallas protectoras (blindaje biológico) entre la fuente radiactiva y las personas. Por ejemplo, en las industrias nucleares, pantallas múltiples protegen a los trabajadores. Las pantallas utilizadas habitualmente son muros de hormigón, láminas de plomo o acero y cristales especiales enriquecidos con plomo;
  • Tiempo: Disminuir la duración de la exposición a las radiaciones.

Estas medidas de protección radiológica se pueden comparar a las que se toman contra los rayos ultravioletas: utilización de una crema solar que actúa como una pantalla protectora y limitación de la exposición al Sol.
Para las fuentes radiactivas que emitan radiaciones, se deben añadir otras dos recomendaciones adicionales:
Esperar, cuando sea posible, el descenso de la actividad radiactiva de los elementos por su decaimiento natural.
Ventilar, si existen gases radiactivos.
Por ejemplo, las instalaciones nucleares no se desmantelan inmediatamente después de su detención, para esperar una disminución de la actividad radiológica de las zonas afectadas. En las minas subterráneas de uranio, una ventilación muy eficaz permite mantener una débil concentración de radón en el aire que respiran los mineros.
Los trabajadores que puedan alcanzar niveles de dosis cercanos a los límites legales debido a las radiaciones ionizantes en su trabajo (industrias nucleares, médicos, radiólogos…) suelen llevar dosímetros que miden la cantidad de radiación a la cual han estado sometidos. Estos dispositivos permiten asegurarse de que la persona ha recibido una dosis inferior a la dictada legalmente, o en caso de accidente radiológico, conocer el alcance de la dosis recibida.

Qué decir si me preguntan sobre…RADIACIÓN y EMBARAZO

  1. ¿Cuáles son las dosis típicas al feto en los exámenes radiográficos dentales?
    La dosis al feto en un examen de rayos X dental se ha estimado entre 0,3 μSv y 1μSv [Wagner, et al.,1997]. Esto es inferior a la dosis diaria que se estima recibe el feto por la radiación del fondo natural.
  2. ¿Qué se debería hacer ante el posible embarazo de una paciente antes de realizar un procedimiento radiológico dental?
    En primer lugar se debería interrogar a la paciente acerca de su posible embarazo. En el caso de mujeres en edad fértil, se debe asumir que están embarazadas a no ser que se demuestre lo contrario. Si la paciente está embarazada se debe considerar la posibilidad de obtener la información diagnóstica a partir de un examen no radiológico. Si el examen radiológico se considera imprescindible de todas formas, éste se debería realizar prestando la debida atención en optimizar todo el proceso. Dado que el “miedo” a los riesgos de la radiación para el feto está tan extendido en la actualidad, es recomendable informar a la paciente sobre los niveles de exposición y los riesgos asociados antes de realizar el examen. Es esencial disponer de señales de advertencia sobre el embarazo bien visibles las salas de espera.
  3. Si se ha realizado un examen radiológico dental a una paciente embarazada, ¿cuál es el riesgo para el feto y qué consejos se pueden dar?
    Los riesgos para el feto por haber recibido una dosis de unos pocos μSv en un estudio radiológico dental son extremadamente bajos. El riesgo de cáncer radioinducido debido a una dosis al feto de 10 μSv al niño por nacer es miles de veces menor que el riesgo de cáncer infantil por la radiación del fondo natural, y el riesgo de anomalías genéticas es aún más bajo. Por tanto las dosis a la paciente en la práctica normal de la radiología dental nunca justifican la interrupción del embarazo, por lo que se debería asesorar convenientemente a aquellas pacientes que están preocupadas al respecto.