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Protección Radiológica

"Nuestros técnicos disponen de Diplomas de Técnico Experto expedidos por la Unidad Técnica de Protección Radiológica (UTPR) “Unidad de CAFPRO XRAY (UNIRAD)””, radicada en Valencia.

Trabajamos por tanto para dicha UTPR, seguimos sus procedimientos y su Sistema de Calidad y Documentación. Nuestros clientes suscriben un contrato con UNIRAD, tal como recomienda la legislación vigente (Artículo 20 del R.D. 1085/2009). 

UNIRAD está autorizada como UTPR (V-0004) por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) para dar servicios de protección radiológica a instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, dental y veterinario.

Diseño de instalaciones y cálculo de barreras

Si el cliente contacta con nosotros previamente a que esté realizado el proyecto de su instalación, podemos asesorarle para mejorar la los flujos de pacientes y personal, y para optimizar los blindajes anti radiación, dada nuestra experiencia en este campo. Una vez definido el proyecto, realizamos el cálculo del espesor necesario de las barreras, para mantener los niveles de radiación en las estancias anexas a las salas que albergan las fuentes de radiación, en niveles tan bajos como sea posible conseguir. Se siguen para ello las últimas recomendaciones publicadas por Organismos Nacionales e Internacionales.

Representación del cliente en Pruebas de Aceptación del equipamiento

El artículo 11 del RD 1976/1999 establece que “Las pruebas de aceptación de los equipos, cuyos parámetros a verificar tendrán que estar detallados en las especificaciones de compra, deberán realizarlas el suministrador del equipamiento en presencia de un representante del comprador que sea técnicamente cualificado y los resultados que se obtengan deberán constar en un informe elaborado por el suministrador y aceptado por el representante del comprador, con objeto de que sirvan de referencia para los siguientes controles de calidad”. Nuestros técnicos pueden realizar el papel de “representante técnicamente cualificados” durante las pruebas de aceptación del equipamiento, si el cliente lo desea.

Inscripción en el Registro de Instalaciones de Rayos X con fines de diagnóstico médico, dental, podológico y veterinario

Confeccionamos y presentamos ante el organismo competente de la Comunidad de la que se trate, los Anexos establecidos por la legislación vigente para el Registro de estas instalaciones. Respondemos a los requerimientos de documentación adicional que reciba el cliente si es el caso.

Programas de Garantía de Calidad y Protección Radiológica

Programas de Garantía de Calidad y Protección Radiológica
Elaboramos y mantenemos para el cliente los Programas de Garantía de Calidad (RD 1976/1999) y Protección Radiológica (RD 1085/2009) adaptados y personalizados para cada instalación. Presentamos el primero ante la autoridad sanitaria competente, como es preceptivo.

Estado de referencia inicial y Control del equipamiento

Como parte del Programa de garantía de Calidad, establecemos el estado de referencia inicial del equipamiento, y realizamos las pruebas de constancia anualmente, conforme al Protocolo Español de Control de Calidad en Radiodiagnóstico (2011).

Medida de indicadores de calidad

Como parte del Programa de garantía de Calidad, realizamos la medida de indicadores o colaboramos con ella: Medimos la dosis a paciente en una muestra representativa de pacientes, y proporcionamos herramientas para la evaluación de la calidad de imagen por parte del profesional correspondiente, y para la medida de la tasa de rechazo de imágenes. Todos ellos son indicadores del cumplimiento del objetivo de mejora continua: Obtener imágenes aceptables con la menor dosis de radiación y al mínimo coste posible.

Vigilancia de los niveles de radiación

Realizamos la preceptiva vigilancia de los niveles de radiación en zonas de trabajo y accesibles al público, y los informes correspondientes.

Certificados de conformidad e Informes al CSN

UNIRAD expide el Certificado de conformidad de la instalación y su informe periódico, que remitimos en su caso al CSN, con la periodicidad establecida en el RD 1085/2009.

Formación

El artículo 6 del RD 1976/1999 establece que:

  • “Todo el personal implicado en las tareas que se realizan en unidades asistenciales de radiodiagnóstico y radiología intervencionista deberá actualizar sus conocimientos participando en actividades de formación continuada en protección radiológica, según su nivel de responsabilidad.”

  • Todo el personal implicado en la utilización de rayos X para fines diagnósticos o en radiología intervencionista, deberá tener una formación en protección radiológica adecuada a su nivel de responsabilidad, según lo previsto en el párrafo g) del apartado 1 del artículo 2. Los programas de formación incluirán, entre otros temas, los referentes a la protección del paciente y a los programas de garantía de calidad. La formación práctica deberá desarrollarse en instalaciones clínicas debidamente registradas de acuerdo con el Real Decreto 1891/1991, que dispongan del equipamiento adecuado, y bajo la supervisión de los correspondientes especialistas. Estos programas de formación se deberán impartir sin ocasionar irradiaciones adicionales a los pacientes. La institución que imparta el programa de formación emitirá un certificado en el que constarán, entre otros detalles, el número de horas lectivas y el director del curso.